En ReformaDeVivienda.com realizamos rehabilitaciones de edificios de viviendas, edificios de oficinas, locales comerciales y casas unifamiliares:
ESTRUCTURA Y RENOVACIONES
- Arquitectos y aparejadores
- Diseño de interiores
- Reforma de fachadas
- Reforma de tejados
- Reforma de escaleras
- Refuerzo de la estructura de la construcción
- Impermeabilización y protección contra agua y humedades
- Adaptación de las condiciones del edificio para la accesibilidad
- Aumento de la cantidad de luz natural y ventilación en el interior
- Aumento y redimensionamiento de los espacios interiores
- Instalación o sustitución de ascensores
- Mejora del aislamiento acústico del edificio
- Renovación del interior: soluciones en albañilería, pintura y carpintería
- Mejora de la eficiencia energética del inmueble (aislamiento térmico)
INSTALACIONES
- Modernización de la instalación eléctrica
- Modernización de la instalación de gas
- Modernización del sistema de cañerías y desagües
- Instalación de soluciones de energía solar
- Instalación de redes locales de comunicaciones: datos, audiovisuales y telefonía
- Instalación de sistemas de seguridad: alarmas, cámaras, …
ASESORAMIENTO Y SOLUCIONES
- Asesoramiento sobre permisos y licencias de obra en su municipio
- Asesoramiento sobre ayudas y subvenciones a la rehabilitación de viviendas
- Asesoramiento sobre soluciones de financiación
- Soluciones temporales durante las obras: seguridad del inmueble, viviendas de sustitución, …
- Servicio de mudanzas y guardamuebles
Inspección técnica de los edificios (I.T.E.) – Certificado de Aptitud del Edificio
La inspección técnica de los edificios, en vigor desde el 26 de febrero de 2011, es un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas con el fin de verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles.
En la I.T.E., la inspección es visual y se realiza sobre los elementos accesibles de la edificación. El objeto de la I.T.E. no es detectar vicios ocultos en el edificio ni hacer una previsión de futuros deterioros, aunque puede indicar que es conveniente realizar un diagnóstico más exhaustivo. La inspección I.T.E. ha de ser realizada por un técnico colegiado con titulación de arquitecto, aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación, el cual es contratado por los titulares del edificio a inspeccionar.
La Inspección Técnica del Edificio (I.T.E.) deviene en un informe que contiene:
- Una descripción del estado actual del edificio
- La identificación de las deficiencias detectadas en la edificación y el plazo para enmendarlas
- Una calificación del estado general del edificio.
Este Informe I.T.E. es previo a la obtención del Certificado de Aptitud del Edificio, expedido por la Administración.
¿A quién va dirigida la I.T.E.?
- Propietarios de edificios de viviendas (propiedad vertical).
- Comunidad de propietarios (propiedad horizontal).
La I.T.E. no va dirigida a propietarios de viviendas unifamiliares ni tampoco a la propiedad de edificios declarados inicialmente en ruina por el ente local competente.
Obligación de encargar un certificado I.T.E.
Está obligada a encargar la I.T.E. la propiedad de los edificios de más de una vivienda y que concuerden con alguna de las siguientes circunstancias:
- Superen la antigüedad establecida en el programa de inspecciones (por ejemplo, en Catalunya, los edificios anteriores a 1930 tienen que disponer de la inspección antes de 2013).
- Quieran acogerse a ayudas públicas para su rehabilitación o alguna de sus viviendas.
- Sean determinados por los programas u ordenanzas locales.
- Declare la Administración la obligación de realizar la inspección ante causas justificadas como situaciones de riesgo, determi
nadas deficiencias o la ubicación en áreas de conservación y rehabilitación.
Plazos ITE Catalunya – Generalitat de Catalunya
Antigüedad del edificio | Plazo máximo para pasar la inspección |
Anterior a 1930 | Hasta el 31 de diciembre de 2012 |
Entre 1931 y 1950 | Hasta el 31 de diciembre de 2013 |
Entre 1951 y 1960 | Hasta el 31 de diciembre de 2014 |
Entre 1961 y 1970 | Hasta el 31 de diciembre de 2015 |
A partir de 1971 | Hasta el 31 de diciembre del año en que el edificio alcanza los 45 años de antigüedad |
Ampliar información: Trámite de Inspección Técnica de Edificios en la Oficina Virtual de la Generalitat De Catalunya
Plazos ITE Madrid – Ayuntamiento de Madrid
Antigüedad del edificio | Plazo máximo para pasar la inspección |
Entre 1953 y 1958 | Hasta el 31 de diciembre de 2004 |
Entre 1959 y 1961 | Hasta el 31 de diciembre de 2005 |
Entre 1962 y 1965 | Hasta el 31 de diciembre de 2006 |
Entre 1966 y 1969 | Hasta el 31 de diciembre de 2007 |
Entre 1970 y 1974 | Hasta el 31 de diciembre de 2008 |
Entre 1975 y 1978 | Hasta el 31 de diciembre de 2009 |
de 1979 | Hasta el 31 de diciembre de 2010 |
de 1980 | Hasta el 31 de diciembre de 2011 |
de 1981 | Hasta el 31 de diciembre de 2012 |
de 1982 | Hasta el 31 de diciembre de 2013 |
de 1983 | Hasta el 31 de diciembre de 2014 |
de 1984 o posterior | Dentro del año siguiente al que cumpla 30 años de la fecha de terminación |
Ampliar información: Plazos ITE Ayuntamiento de Madrid
En ReformaDeVivienda.com estamos especializados en rehabilitación de viviendas y edificios. Ponemos a su disposición nuestro equipo de arquitectos colegiados, con titulación de postgrado y experiencia en Rehabilitación, Mantenimiento y Recuperación de Edificios para realizar:
- Asesoramiento previo.
- Inspección I.T.E. y emitir el correspondiente informe.
- Crear el proyecto técnico de las obras a realizar.
- Desarrollar el presupuesto de dichas obras de rehabilitación.
- Dirigir y coordinar los trabajos de rehabilitación, a realizar por nuestro equipo de obras e instalaciones.
- Asesorarles sobre las subvenciones en vigor en ese momento y gestionar los permisos y certificados necesarios en la Administración Pública.
- Consulta y gestión sobre posibilidades de financiación.
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