La falta de movilidad afecta seriamente la vida de las personas con discapacidad ya que les limita en el ejercicio de actividades básicas de la vida cotidiana: desplazamientos, comidas, relaciones sociales, compras, tiempo de ocio al aire libre. Dichas personas precisan de una adecuada distribución de los espacios y un mobiliario adaptado o compatible con sus posibilidades.
Hay varios tipos de barreras que limitan la libertad de movimientos de las personas. Son esencialmente de tres tipos: barreras arquitectónicas y barreras en los medios de transporte.
Las barreras arquitectónicas pueden ser exteriores (barreras urbanísticas) o interiores (barreras en edificaciones):
- Barreras urbanísticas: en aceras, pasos a nivel, obstáculos varios, en parques y jardines, en mobiliario urbano, …
- Barreras en edificaciones: en los accesos a los edificios, escalones, pasillos y puertas estrechas, ascensores pequeños, servicios de dimensión reducida, …
De todo ello se deduce que no basta con adaptar las viviendas de las personas con discapacidad, sino que es necesario que todos los edificios cuenten con un acceso fácil, que todas las calles tengan los rebajes adecuados en las aceras, que los pavimentos de las calles sean antideslizantes, que en todos los ascensores quepa una silla de ruedas, que en todos los lugares públicos se cuente con lavabos que podamos usar todos.
Legislación española sobre accesibilidad y barreras arquitectónicas
La legislación española sobre movilidad y barreras arquitectónicas tiene su base en el art. 9.2º de la Constitución Española en la que se dice que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para:
- Que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.
- Remover los obstáculos que impidan o dificulten la plenitud de las personas.
- Facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
Dicho mandato constitucional se desarrolla en la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI), en la que se regula la prevención y supresión de barreras en los ámbitos de urbanismo, edificación y transporte. En dicha ley (art.54) se indica que todos los edificios, incluso los de propiedad privada, cuyo uso implique la concurrencia de público, deben ser accesibles, además de que se deben suprimir los obstáculos en edificaciones cuya duración previsible sea aún considerable.
A pesar de que han pasado muchos años desde la promulgación de la LISMI (1982) y, aunque se han buscado soluciones y han habido avances, la situación aún es claramente insuficiente para que las personas discapacitadas puedan realizar todas las actividades necesarias con normalidad.
Baremos de accesiblidad:
Estos son los baremos de accesibilidad en lo referido a reformas de vivienda:
PUERTAS |
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ESCALERAS |
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SERVICIOS |
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SUELO | Suelo no deslizante (rugoso) |
ITINERARIO CONEXIÓN CON LA VIA PÚBLICA |
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Ayudas a la adaptación de viviendas para personas con discapacidad
- Créditos para la rehabilitación de viviendas (competencia de las Comunidades Autónomas)
- Subvenciones a fondo perdido (IMSERSO o Consejerías de Bienestar Social en aquellas Comunidades Autónomas a las que se les haya transferido dicha competencia)
La cuantía de la subvención puede variar de año en año. Oscilan entre 2.500 y 4.500 euros.
Requisitos: (téngase en cuenta que pueden variar algo dependiendo de la Comunidad Autónoma y del año. En este caso se describen los vigentes en Cataluña):
- Ser propietario de la vivienda. O ser inquilino y tener la autorización el propietario. Si la adaptación afecta a zonas comunes del inmueble, tener la autorización del 3/5 de los propietarios.
- Se deberá tener la condición legal de persona con discapacidad (Certificado oficial de reconocimiento de la discapacidad) y superar el baremo de movilidad reducida.
- Se debe residir legalmente en Cataluña.
- La vivienda ha de ser habitual donde esté empadronada la persona con discapacidad.
- No haberse beneficiado de ayudas por el mismo concepto y el mismo equipamiento durante los 5 años anteriores.
- Los ingresos anuales netos de la persona beneficiaria no podrán superar 4 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) del año anterior a la convocatoria. La cuantía se incrementará en un 30% por cada miembro de la unidad familiar o de la unidad de convivencia que no tiene patrimonio ni ingresos.
- Las propuestas de soluciones para la adaptación o accesibilidad de la vivienda han de ser funcionales y accesibles, y garantizar la seguridad de la persona con discapacidad, de acuerdo con la normativa aplicable.
Hay que tener en cuenta que, «en caso de reformas en el interior, el propietario podrá exigir su reposición al estado anterior».
En la tramitación, lo más significativo a presentar es:
- Fotocopia del DNI.
- Presupuesto original firmado y/o sellado, referido al año en que se solicita la ayuda y desglosado por conceptos y con precios unitarios.
- Croquis con medidas de la situación antes de hacer reformas y después de hacer las obras.
- Todos los permisos necesarios, depenendiendo del tipo de obras (permisos municipales, Departamento de Industria, etc.).
- Documentación acreditativa de todos los ingresos de la unidad económica de convivencia referidos al año de la convocatoria.
- Si la vivienda es de propiedad, recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o fotocopia compulsada de las escrituras de compraventa.
Téngase en cuenta que «se excluyen las actuaciones parciales o globales para finalidades ornamentales o para no adaptar la vivienda», con lo que, si la reforma de vivienda tiene un ámbito mayor al de estrictamente adaptarla para personas con limitaciones funcionales, se deberán requerir de la empresa de reformas dos presupuestos: uno referente a las obras para hacer accesible la vivienda y otro con el resto de trabajos.
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Webs de apoyo a las personas con discapacidad:
Fundación ONCE
El Portal de las Personas con Discapacidad
Confederación Nacional de Sordos de España
Organización Nacional de Ciegos de España
Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad
Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica
Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual
Mercado de empleo para personas con discapacidad
Confederación Española de Federaciones y Asociaciones de Atención a las Personas con Parálisis Cerebral y Afines
Confederación Española de Organizaciones en favor de Personas con Retraso Mental
Confederación Española de Familias de Personas Sordas
Fundación CNSE para la supresión de barreras de comunicación
Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidades Físicas
Federación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid
Federación de Deportes de Minusválidos Físicos del Principado de Asturias
Federación Provincial de Asociaciones de Minusválidos Físicos y Orgánicos de Córdoba
Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica del Principado de Asturias
Famdif Cocemfe Murcia
Artistas discapacitados
Federación Madrileña de Deportes de Discapacitados Físicos
Instituto Valenciano de Atención a los Discapacitados y Acción Social
Asociación del Grupo Telefónica para la atención de las personas con discapacidad
Federación de Organizaciones en favor de Personas con Dispacidad Intelectual de Madrid
Asociación Nacional Para Problemas de Crecimiento
Fundación 1000 sobre defectos congénitos
Plataforma Representativa Estatal de Discapacitados Físicos
Asociación Tutelar Asistencial de Discapacitados Intelectuales
Federación Almeriense de Asociaciones de Personas con discapacidad
Asociación de Padres de minúsvalidos de Iberia
Confederación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Andalucía
Cocemfe Comunitat Valenciana
Cocemfe Badajoz
Cocemfe Cantabria
Famf Cocemfe Málaga
Confederación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Castilla y León
Fundación Nacional Discapacitados Chile
Asocación Pro-discapacitados Psíquicos de Alicante
Federación Polideportiva de Discapacitados de Castilla y León
Web de información sobre discapacidad
Asociación Sociocultural de Minusválidos
Fundación Masnatur
Cocemfe Castilla La Mancha
Cocemfe Valencia
Cocemfe Alicante
Cocemfe Aragón
Federación Asociaciones de Discapacitados Físicos Albacete
Cocemfe Las Palmas
Cocemfe Navarra
Organización Impulsora de Discapacitados
Asociación de minusválidos Físicos, Psíquicos y Sensoriales de Madrid
Federación de Asociaciones de Discapacitados Físicos de Cáceres
Unión Provincial de Asociaciones Pro Minusvalidos Psíquicos de Alicante
Cocemfe Ciudad Real
Cocemfe Toledo
Cocemfe Guadalajara
Canf Cocemfe Huelva
Cocemfe León
Federació Francesc Layret Cocemfe Barcelona
Cocemfe Sevilla
Cocemfe Maestrat